COMUNICADO - Montevideo, 16 de mayo de 2013
En el día de la fecha, la Institución Nacional de Derechos Humanos
se pronunció en forma definitiva sobre la denuncia presentada en el mes de
febrero por la Coalición por una Comunicación Democrática por los decretos del
31 de diciembre de 2012 y 23 de enero de 2013, referentes a la transición de la
televisión analógica a la digital.
El primero de estos decretos estableció privilegios para que los actuales
operadores de televisión accedieran en forma directa a un canal múltiplex (más
de dos señales de TV, televisión móvil, etc) bajo la tecnología digital y el
segundo suspendió el llamado a interesados.
Luego de un proceso en el que todas las partes pudieron ser oídas y
argumentar, la INDDHH pronunció una recomendación, la cual adjuntamos.
Entre las principales conclusiones destacamos las siguientes:
V)
Recomendaciones de la INDDHH y Defensoría del Pueblo
1 - La INDDHH
reconoce la relevancia del actual proceso de asignación de frecuencias de TV
Digital y de adecuación del marco jurídico en materia de Servicios de
Comunicación Audiovisual. Se trata de una
materia históricamente librada a las discrecionalidad de las autoridades, y los
cambios relativos a la implementación de estas medidas regulatorias y de
política en materia de libertad de expresión y acceso a la información,
constituyen un innegable avance para la consolidación de una sociedad más plural
y una ciudadanía con mayores herramientas para favorecer su participación en los
asuntos públicos.
2 – Sin
embargo, este proceso debe aún seguir profundizándose, en un marco de amplia
participación de toda la sociedad y especialmente de los actores directamente
involucrados en la temática. A estos efectos, se recomienda que desde el Estado
y la sociedad civil se profundicen los espacios de diálogo y negociación
transparentes e inclusivos para continuar optimizando los resultados.
3 –
Específicamente, se recomienda a las autoridades competentes atender lo señalado
por la INDDHH en el anterior literal (C) en cuanto a la garantía absoluta del
derecho a la igualdad y a la no discriminación en el proceso en marcha.
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